La declaración de utilidad pública es un reconocimiento que se concede a aquellas entidades que no persiguen un fin lucrativo, como sucede con las asociaciones. Su obtención implica el acceso a ciertas exenciones y beneficios fiscales reconocidos en las leyes, pero esta no es automática, requiere cumplir unos requisitos, hacer los trámites para conseguir la declaración por parte del Administración, y que la respuesta de esta sea positiva.
Requisitos para poder obtener la declaración de utilidad pública
Ser entidad sin ánimo de lucro
Los estatutos de la asociación pueden promover fines estatutarios de carácter general, cívico, educativo, científico, etc. Pero en ningún caso su objetivo puede ser la realización de actividades para obtener un lucro a través de las mismas.
Tener una dimensión pública
Esto quiere decir que su actividad no puede estar restringida únicamente a beneficiar a sus asociados, sino que debe beneficiar a otras personas que cumplan ciertas condiciones.
Retribución de los miembros de los órganos de representación
Los miembros de los órganos de representación de las entidades de utilidad pública pueden percibir una retribución por la prestación de sus servicios, pero en ningún caso esta puede hacerse con cargo a fondos y subvenciones públicas.
Medios personales y materiales
Las asociaciones deben contar con medios personales y materiales suficientes e idóneos para garantizar el cumplimiento de sus fines estatutarios.
Inscripción registral
Estas entidades tienen que estar inscritas en el correspondiente registro público y dar cumplimiento a sus fines estatutario durante un mínimo de dos años antes de presentar su solicitud de declaración utilidad pública.
Solicitud de declaración de utilidad pública
Hay que cumplimentar una solicitud en la que se deben indicar, entre otras cosas:
- Razones de la petición.
- Informe que justifique los objetivos de la asociación, con especial referencia a sus actividades de interés general.
Si la asociación actúa a nivel nacional, la instancia se presenta en la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, en el Registro Nacional de Asociaciones, o en la sede electrónica central del Ministerio del Interior.
Para las entidades de ámbito autonómico o inferior, el canal a utilizar es el Registro de Asociaciones que corresponde al lugar de inscripción de la asociación.
Junto a la solicitud hay que acompañar una memoria de actividades referida a los dos últimos ejercicios económicos (consignando los datos por separado). Firmada por los miembros de la junta directiva y con referencia pormenorizada a los procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública.
También se presentan las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados y la información sobre flujos de efectivo (solo si se formula balance y memoria económica en modelo normal).
Se presenta también el certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, una copia compulsada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y certificación del acuerdo del órgano competente de la asociación solicitando la declaración de utilidad pública.
Presentada la documentación, la Administración tiene un plazo de seis meses para resolver. Si pasado ese plazo no hay una resolución expresa, los solicitantes deberán entender desestimada su petición.
Obtener la declaración de utilidad pública es un proceso que debe hacerse bien para evitar demoras en la tramitación y respuestas negativas. Si necesitas ayuda para la gestión de tu entidad sin ánimo de lucro, puedes contar con nosotros.
Publicación 04/01/2024