El patronato de una fundación es de los órganos más importantes que podemos encontrar dentro de la misma. Tanto es así, que la legislación impone la obligación de su existencia en todas aquellas entidades que cumplan los requisitos para ser consideradas como una fundación.
Hay que distinguir esta figura de la del fundador, que es la persona de la que nace la voluntad de crear una fundación. En la mayoría de los casos, podemos encontrarnos con que los fundadores son también miembros del patronato.
¿Qué es el patronato de una fundación?
Es un órgano de gobierno y representación que, como acabamos de señalar, debe existir en todas las fundaciones, con independencia de su tipo y finalidad. Su misión principal es la de cumplir los fines fundacionales y administrar de una manera diligente los bienes y derechos que conforman su patrimonio.
Son los estatutos de la fundación los que regulan con detalle cómo será su patronato, pero se exige que tenga un mínimo de tres miembros y que de entre ellos se elija a un presidente. Este organismo también debe dotarse de un secretario, pero puede ser una persona ajena al patronato, en cuyo caso tendrá voz en las deliberaciones, pero no voto.
De resultar necesario, el patronato puede delegar algunas de sus facultades en uno o varios de sus miembros que no tengan la consideración de patronos. Aunque hay materias que no se pueden delegar nunca:
- Aprobación de las cuentas y del plan de actuación.
- Modificación de los estatutos.
- Fusión y liquidación de la entidad.
- Aprobación de actos que requieren la aprobación del protectorado.
- Tratamiento de materias que el fundador haya reservado exclusivamente al protectorado.
3 funciones básicas del patronato de una fundación
Para conocer más en detalle cómo funciona el patronato, debemos prestar atención a los estatutos de la fundación que nos interese. No obstante, con carácter general, existen una serie de funciones básicas que se le atribuyen a este órgano.
Velar por el cumplimiento de los fines fundacionales
El patronato define y marca el camino a seguir en cada momento. Como órgano de gobierno que es, determina los objetivos y las medidas a poner en marcha para cumplirlos.
Una de las misiones fundamentales de este organismo es elaborar y remitir al protectorado un plan de actuación en los últimos tres meses de cada ejercicio. Este plan contendrá las metas a alcanzar de cara al siguiente ejercicio y las actividades o acciones que se van a llevar a cabo en ese período.
Administración del patrimonio de la fundación
El patronato de una fundación se encarga de administrar todos los bienes, derechos y obligaciones que conforman el patrimonio.
En esta labor, debe actuar siempre con la máxima diligencia y de manera que mejor satisfaga el interés general de la entidad.
Aprobación de las cuentas anuales
Estas entidades deben presentar sus cuentas anualmente en el Registro de Fundaciones de manera anual. El patronato se encarga de su elaboración y las remite al protectorado para que las presente. Si es necesario, acompaña un informe de auditoría.
Esta tarea se hace en los seis meses siguientes al cierre del ejercicio. Una vez aprobadas las cuentas, el patronato tiene 10 días hábiles para remitírselas al protectorado y que este cumpla con su obligación de presentación.
El patronato de una fundación es un órgano esencial que asume funciones que garantizan el buen funcionamiento de estas entidades. ¿Necesitas ayuda con la gestión de tu entidad sin ánimo de lucro? Nuestro equipo puede ayudarte.
Publicado 29/11/2023